La Tercera Sala Constitucional de Lima declaró fundada en parte la demanda presentada por Ávalos Rivera y, por tanto, inaplicable los efectos de la Resolución Legislativa 024-2022-2023-CR, publicada el 23 de junio del 2023.
Asimismo, dejó a salvo la potestad del Congreso para que proceda conforme a sus atribuciones constitucionales con relación a los actos que le fueron imputados a Zoraida Ávalos, garantizándole el respeto a sus derechos fundamentales.
Del mismo modo, la sala declaró improcedente la demanda presentada por la exfiscal de la Nación en el extremo de declarar la nulidad e ineficacia de la Resolución Legislativa N° 025-2022-2023-CR.