Se trata del proyecto de ley que modifica los artículos 128 y 135 de la Ley N° 1160/1997, Código Penal; modificados por la Ley N° 3440/2008 (abuso sexual en niños).
“Se elevaron algunos puntos, como el inciso 1° del 135, lo que se refiere a donde no hay coito, lo que sería el famoso ‘toqueteo’; eso queda con una pena de 5 a 18 años, es decir, eso fue aumentado”, detalló la diputada de Paraguay, Rocio Vallejo, sobre las modificaciones.
Asimismo, Vallejo señaló que el Senado de Paraguay bajó la pena para el caso de coito en menores de 14 años y en Diputados se propuso mantener como está vigente hoy, es decir, en caso de coito con un menor de menos de 14 años la pena mínima es de 15 años y la máxima es de 30, mientras que, si el coito es con un menor de 10 años, la pena mínima es de 20 años y la máxima es de 30 años.
🔴 Diputados aprobó con modificaciones el proyecto de ley que eleva la pena para abusadores sexuales de niños y adolescentes.
🔸 Se estableció que la pena base sea de 5 a 18 años, y con agravantes hasta 30 años.
👉🏼 En casos de coito y que la víctima sea menor a 10 años, la… pic.twitter.com/fvjibJ56AT
— Monumental AM 1080 (@AM_1080) September 17, 2024
“Hay una aclaración con relación al artículo 128, donde habla del abuso de los que son mayores de 14 y menores de la mayoría de edad, y una serie de circunstancias más que fueron aclaradas”, mencionó la diputada, a la par de señalar que la definición de “coito” también fue ampliado, ya que existían lagunas.
“Decían: ‘Cómo no va a ser violación si un hombre le penetra a un menor de edad por vía indebida’, eso ya fue incluido también, así como en el caso de la penetración con objetos”, aclaró la legisladora.
Vallejo comentó que se realizaron otras ampliaciones y aclaraciones, como aspectos que no estaban previsto, como el caso de que el abuso sexual se produce en un ambiente de familiaridad y se tiene en cuenta solamente a los parientes o alguien con quien conviva.
“Le agregamos a aquellas personas cercanas, es decir, que trabajan en las casas, pueden ser amigos de los padres o de los hermanos; ampliamos un poco más algunos conceptos para abarcar a todo aquel que frecuente la casa. Porque lo que hay que destacar en todo estos casos de abuso, es que estos se dan en un porcentaje altísimo en el ámbito familiar”, destacó la diputada.
En el caso de los abusos telemáticos, la legisladora mencionó que esto ya está contemplado en el artículo 135 B y se elevaron las penas y aclararon algunos conceptos. “No sufrió más que un poco de aumento de pena”, agregó.
Sanciones
En cuanto a los casos de abusos, la legisladora mencionó que “el problema generalmente no está en la ley, está en aplicar la ley”, y cuestionó acerca de los casos existentes.
“Voy a pedir un informe de las famosas niñas madres, todos estos son casos previstos en estos artículos, tenemos niñas madres entre 10 y 14 años, un montón”, expresó, a la par de cuestionar qué ocurre con estos casos, si se realizan las investigaciones correspondientes y si los abusadores terminan encarcelados.
“Cuando estas niñas tienen sus bebés en los hospitales, los hospitales están obligados a denunciar estos hechos al Ministerio Público, es decir que están denunciados, ahora lo que tenemos que ver es si la ley se aplica”, acotó.