El Ministerio Público (Fiscalía) de Perú anunció este martes una demanda de inconstitucionalidad contra las modificaciones a la ley sobre el delito de organización criminal, al rechazar que esta norma debilita su persecución penal.
En un comunicado difundido en la red social X, la Junta de Fiscales Supremos rechazó la ley promulgada este mes por el Congreso que modifica varias normas con el fin de determinar las características concurrentes para la tipicidad de una organización criminal, una figura que se ha aplicado en una serie de sonados casos recientes y que han involucrado también a partidos políticos.
La Fiscalía afirmó que la nueva ley es inconstitucional porque contradice la Convención de Palermo, ratificada por el Perú, que no establece ningún requisito referido a la obtención de una cadena de valor de una economía o mercado ilegal, como sí «lo regula arbitrariamente» la cuestionada norma.
La nueva ley reduce el margen de comprensión del tipo penal de organización criminal, al señalar que esta requiere de una compleja estructura desarrollada y mayor capacidad operativa, y de delitos graves sancionados con pena privativa de libertad mayor de seis años.
En tal sentido, el Ministerio Público indicó que genera un «grave retroceso» en los estándares alcanzados respecto a las investigaciones en curso e incluso en los casos que se encuentran con sentencias condenatorias.
Esta restricción, agregó, «desconoce totalmente» la realidad delictiva en el país porque históricamente las organizaciones criminales, la corrupción y la violencia siempre estuvieron íntimamente relacionadas, dentro y fuera de la organización.
Por este motivo, los fiscales acordaron ejecutar la presentación de una demanda de inconstitucionalidad en contra de la Ley 32108, de conformidad con el artículo 203 de la Constitución y en concordancia con el artículo 98 del Código Procesal Constitucional y el artículo 66 de su Ley Orgánica.