El parlamento de Cuba aprobó este viernes (19.07.2024) la Ley de Ciudadanía que, entre otras cosas, permite al Gobierno retirarla a quienes realicen «actos contrarios» a los «intereses» políticos del país.
La norma aprobada faculta al presidente de Cuba a despojar de la ciudadanía por decreto a quienes se alisten «en cualquier tipo de organización armada con el objetivo de atentar» contra el país o sus ciudadanos y a quienes realicen «actos contrarios a los altos intereses políticos, económicos y sociales» de la isla.
El afectado debe estar afincado fuera del país o contar con otra nacionalidad, aunque se contemplan excepciones por motivos graves.
Los promotores de la ley han argumentado que esta facultad solo sería utilizada de forma «excepcional» y que desde el exterior se ha exagerado su verdadero alcance.
Varias ONG y defensores de los derechos humanos han advertido sobre el potencial uso político de la desnacionalización en Cuba, apuntando a Nicaragua como reciente ejemplo.
La nueva norma, por otro lado, establece que la ciudadanía cubana se adquiere por haber nacido en la isla y, en el caso de los extranjeros, por naturalización.
El texto que aprobó la Asamblea Nacional (parlamento unicameral) plantea además que el haber adquirido una ciudadanía extranjera no implica la pérdida de la cubana.
Asimismo, contempla que los hijos de padres o madres cubanos nacidos en la isla que hayan renunciado, perdido o que fueron privados de la ciudadanía cubana, pueden solicitar la adquisición de esta cuando arriben a la mayoría de edad.
Ley de Extranjería también fue aprobada
Minutos después de aprobada, los parlamentarios también dieron luz verde a la Ley de Extranjería, que regula a los ciudadanos foráneos en el país caribeño.
Ambas leyes, junto con la de Migración, aprobada esta misma jornada, son los documentos que generaron más expectativa dentro y fuera del país en el tercer periodo de sesiones del parlamento.
La nueva ley de Migración permite a las autoridades prohibir la entrada en Cuba a personas relacionadas con «acciones hostiles contra los fundamentos políticos, económicos y sociales del Estado cubano» o por «razones de defensa y seguridad nacional».
Además, autoriza la prohibición de salida del país a cualquier persona por «razones de defensa y seguridad nacional», por «carecer de la autorización establecida» al ser considerado «fuerza de trabajo calificada» para el país, para «garantizar la seguridad y protección de la información oficial» e, incluso, por «interés público».
Su entrada en vigor debe tener lugar 180 días después de ser oficializada por la Asamblea Nacional.