Representantes legales y una víctima pidieron este viernes a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) que haga «justicia» en un «emblemático» caso de detención ilegal y torturas contra Eduardo Collen Leite y Denise Peres Crispim, ocurrido en 1970 durante la dictadura de Brasil.
La CorteIDH, con sede en Costa Rica, escuchó en audiencia a Peres Crispim, a los representantes de las partes y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), ente encargado de elevar las demandas al tribunal internacional.
La representante de las víctimas y abogada del Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (Cejil), Helena Rocha, dijo a EFE que el objetivo principal es que la CorteIDH ordene al Estado «la identificación de los responsables, su procesamiento y su eventual sanción».
«El caso se diferencia de otros de la dictadura porque habla de la perspectiva de género que es necesaria cuando se piensa en las responsabilidades e indemnizaciones de los crímenes de la dictadura. También tiene que ver con el impacto que tiene en todo el entorno familiar la violencia y la ausencia de justicia y la violación al derecho a la identidad», comentó Rocha.
El caso se refiere a las detenciones arbitrarias y torturas que sufrieron Eduardo Collen Leite y Denise Peres Crispim, la alegada ejecución extrajudicial de Collen, así como las afectaciones la hija de ambos Eduarda Crispim Leite.
En la audiencia, Peres Crispim brindó su declaración ante los jueces, en la cual relató lo ocurrido, describió las torturas a las que fue sometida y pidió a los jueces «justicia» y que se identifiquen y se sancionen a los responsables.
El relator para Personas Privadas de Libertad y Combate a la Tortura de la CIDH, Stuardo Ralón, afirmó en la audiencia que «este caso es emblemático de las graves violaciones ocurridas en la dictadura de Brasil» y que la Comisión Nacional de la Verdad de ese país determinó que Collen Leite fue asesinado por agentes estatales y tuvo la muerte “más terrible de toda la dictadura brasileña”.
Ralón señaló que este caso abre la posibilidad de que la CorteIDH reitere su jurisprudencia sobre el deber de «remover factores de impunidad como la justicia penal militar, la amnistía y prescripción».
Denise Peres Crispim, quien se encontraba embarazada de seis meses en la época de los hechos, fue detenida el 23 de julio de 1970, y sometida a continuos interrogatorios y torturas durante una semana por agentes militares, indica la acusación contra el Estado.
En agosto de 1970 la mujer fue trasladada al Hospital y Maternidad Militar Santana, donde permaneció internada bajo custodia militar hasta el 1 de octubre de ese año, día en que nació su hija Eduarda Crispim Collen. El 26 de octubre de ese año Peres Crispim fue liberada, pero con la orden de presentarse periódicamente ante las autoridades militares.
Por su parte, Eduardo Collen Leite habría sido detenido el 21 de agosto de 1970 y llevado a un centro clandestino de tortura y fue asesinado.
La Comisión Nacional de la Verdad señaló que su cuerpo tenía claros signos de tortura y fue abandonado en un cementerio y luego entregado a su familia.
En cuanto a la investigación de los hechos, la demanda contra el Estado señala que no se inició investigación alguna ante la denuncia presentada ante la Justicia Militar por la tortura contra Collen Leite.
En julio de 2011, Peres Crispim presentó una denuncia penal por la tortura y ejecución de su esposo, pero en febrero de 2012 el Fiscal solicitó que el caso fuera archivado debido a que el ordenamiento jurídico brasileño no reconoce la imprescriptibilidad de esos delitos.
A partir de hoy las partes tienen un mes para presentar sus alegatos finales por escrito y entonces la CorteIDH podrá emitir una sentencia en los siguientes meses.