La Corte Constitucional de Ecuador emitió una resolución este miércoles, ordenando la creación de una comisión interinstitucional para evitar que se prolongue el estado de excepción decretado por el presidente Daniel Noboa, una medida que ha estado en vigor durante más de un año en diversas zonas del país. Esta acción responde a la necesidad de combatir el crimen organizado de manera efectiva y dentro del marco del ordenamiento jurídico ordinario.
El tribunal declaró la constitucionalidad parcial del último estado de excepción decretado por Noboa a inicios de este año, el cual fue prorrogado recientemente para el mes de marzo. Sin embargo, la Corte advirtió sobre la necesidad de encontrar soluciones a largo plazo para hacer frente a las bandas criminales sin depender de un estado de excepción, el cual debe ser una medida extraordinaria y temporal.
El impacto del estado de excepción en los derechos fundamentales
A lo largo de los últimos meses, la Corte Constitucional había señalado que la declaración de «conflicto armado interno» realizada por el presidente Noboa no era suficiente justificación para declarar un estado de excepción en contra del crimen organizado. El tribunal consideró que esta declaración debía estar basada en hechos verificables y no en afirmaciones generales.
En ocasiones anteriores, la Corte había declarado inconstitucionales algunos estados de excepción, o bien los había suavizado, ya que muchos de ellos implicaban la suspensión de derechos fundamentales. Entre estos derechos se incluyen la inviolabilidad del domicilio, la inviolabilidad de la correspondencia, la libertad de reunión y, en algunos casos, la libertad de tránsito, con la imposición de toques de queda nocturnos.
El presidente de Ecuador, Daniel Noboa, en una fotografía de archivo. EFE/ Chema Moya
La Corte expresó en su comunicado que, «ya no basta con efectuar exhortos, pedidos y llamados de atención», sino que es necesario encontrar una solución a los problemas estructurales de violencia y crimen organizado, sin que se recurra constantemente al estado de excepción, respetando los principios de la Constitución.
Comisión para enfrentar el crimen organizado
En respuesta a esta situación, la Corte Constitucional ha ordenado la formación de una comisión compuesta por representantes de diversas instituciones estatales, entre ellas la Presidencia, el Gobierno, la Policía, las Fuerzas Armadas, la Asamblea Nacional, el Consejo de la Judicatura, la Fiscalía y la Defensoría del Pueblo. Esta comisión se reunirá cada dos meses para trabajar en la implementación de estrategias que permitan superar los problemas estructurales de violencia y crimen organizado sin necesidad de recurrir a la figura del estado de excepción.
La Corte confía en que esta comisión generará e implementará herramientas jurídicas dentro del régimen constitucional ordinario que permitan combatir eficazmente el crimen organizado sin que se ponga en riesgo el Estado de Derecho.
El presidente de Ecuador, Daniel Noboa, en una fotografía de archivo. EFE/ Bienvenido Velasco
Obligaciones del gobierno frente a la crisis
Además de la creación de esta comisión, la Corte subraya que si se emiten nuevos decretos de estado de excepción bajo la causal de «grave conmoción interna», el gobierno de Ecuador deberá justificar que se han agotado todas las medidas disponibles dentro del marco legal ordinario antes de recurrir a un estado de excepción. En caso de que no existan medidas ordinarias viables y sean necesarias, el gobierno deberá demostrar que no se debe a su inacción o negligencia.
El último estado de excepción, decretado en enero de este año y renovado recientemente, afecta a varias ciudades y provincias de Ecuador, incluidas Quito y Guayaquil, así como otras localidades de las provincias de Guayas, Los Ríos, Manabí, Orellana, Santa Elena, El Oro y Sucumbíos, y las cárceles en esas jurisdicciones.