El Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó la cartografía para la elección judicialdel próximo 1 de junio de 2025, la cual permitiría reducir la complejidad del ejercicio y que los ciudadanos elijan un máximo de 39 cargos de un universo de 200 candidatos.
De acuerdo con el documento aprobado por el INE, para la votación de ministros, Tribunal de Disciplina Judicial, Salas Regionales y Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) el marco seccional y distrital son compatibles, sin embargo, es en la elección de magistraturas y jueces y juezas donde se necesita una armonización.
Sesión ordinaria en el Instituto Nacional Electoral, en Ciudad de México, el 26 de septiembre de 2024.Graciela López (CUARTOSCURO)
En el caso de los circuitos judiciales con 10 cargos o menos, se elegirían todos los cargos por circuito. En lo que respecta a los circuitos judiciales con más de 10 cargos, estos se dividirían en fracciones o subcircuitos.
Para lo anterior, se requiere considerar como unidad primaria de los circuitos judiciales a los distritos electorales para la elección de magistrados de circuito y jueces de distrito.
¿Qué cargos elegirá un habitante de la CDMX en la elección judicial?
La fachada principal del Instituto Nacional Electoral, en la Ciudad de México, en marzo de 2024.Sáshenka Gutiérrez (EFE)
Con la anterior, un habitante de la Ciudad de México elegirá a nueve ministros de la Suprema Corte de la Nación (SCJN) de una boleta con hasta 81 candidatos, cinco magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial de hasta 45 candidatos, cinco magistraturas de las Salas Regionales del TEPJF de hasta 135 candidatos y dos de las Salas Superiores de 18 candidatos, nueve magistraturas de 60 candidaturas y hasta seis jueces de 36 aspirantes.
El documento de INE establece que objetivo de la propuesta de Marco Geográfico Electoral es que en cada conglomerado de distritos los ciudadanos puedan votar por el mayor número de especialidades posible, es decir los circuitos judiciales se dividen entre el menor número posible de fracciones.
Para facilitar la emisión del voto a la ciudadanía y reducir la complejidad de la organización y logística del PEEPJF, así como contribuir a homologar el diseño, producción y tamaño de los documentos entre las diferentes elecciones, el número máximo de candidaturas por boleta no podrá ser superior al número de candidaturas que tendrá la boleta para la elección de Ministras y Ministros de la SCJN.