El Tribunal Supremo de Corea del Sur equiparó este jueves (18.07.2024) ciertos derechos de cobertura sanitaria de las parejas del mismo sexo con los de los matrimonios heterosexuales, en lo que supone una decisión histórica en el país asiático, que no reconoce el matrimonio entre personas del mismo sexo.
De manera unánime los 14 jueces de la corte aprobaron ratificar el fallo del Alto Tribunal de Seúl emitido en 2023 que reconoce que las parejas del mismo sexo tienen derecho a inscribir a uno de sus integrantes como dependiente en materia de cobertura sanitaria, al igual que los matrimonios heterosexuales.
El caso se originó en febrero de 2021, cuando So Seong-wook planteó una demanda administrativa contra el Servicio del Seguro Nacional de Salud (NHIS), que le había concedido en un primer momento la cobertura como dependiente con base en la cobertura del seguro público de salud que le brindaba a su pareja, Kim Yong-min, su empleador. Sin embargo, el NHIS rectificó ocho meses después y exigió que So pagara las cuotas correspondientes a su estado civil de soltero, puesto que no calificaba como una persona dependiente de su pareja.
En 2022 un tribunal administrativo de Seúl falló en contra de So, por lo que éste apeló la decisión ante el Alto Tribunal de Seúl, que le dio la razón a principios del año pasado, fecha en la que el NHIS decidió llevar el caso ante el Supremo.
Según el fallo dado a conocer hoy por el Supremo, el trato brindado por el NHIS a parejas del mismo sexo «discrimina a personas que se encuentran en una relación matrimonial de hecho sin ningún motivo racional» y considera que «es ilegal porque viola el principio constitucional de igualdad».