La noche del viernes 5 de abril, efectivos policiales de Ecuador allanaron la residencia del Embajador de México en ese país, con el objetivo de capturar al Sr. Jorge Glas, exvicepresidente de Ecuador durante el mandato de Rafael Correa (2007-2017). Este acto es inaceptable en las relaciones entre países, ya que la extraterritorialidad es parte de la Convención de Viena de 1961.
Esta convención es un tratado internacional que establece las reglas que rigen las relaciones diplomáticas entre Estados soberanos. Fue adoptada en Viena, Austria, durante la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Relaciones Diplomáticas. En su artículo 22, indica claramente el tratamiento que se le debe dar a una misión diplomática:
«Artículo 22: 1. Los locales de la misión son inviolables. Los agentes del Estado receptor no podrán penetrar en ellos sin el consentimiento del jefe de la misión. 2. El Estado receptor tiene la obligación especial de adoptar todas las medidas adecuadas para proteger los locales de la misión contra toda intrusión o daño y evitar que se turbe la tranquilidad de la misión o se atente contra su dignidad.»
Lo anterior establece el principio de extraterritorialidad, que consiste en una ficción jurídica admitida por el derecho internacional, mediante la cual un edificio o terreno se considera como territorio extranjero, como es el caso de embajadas, residencias de diplomáticos, consulados y bases militares. En realidad, se trata de que el país propietario o usufructuario de ese territorio o edificio queda exento de la jurisdicción y aplicación de la ley del país en el que está ubicado. Estas representaciones diplomáticas, están solo obligadas a cumplir aquella legislación que sea de su país de origen o de aceptación internacional.
Es decir, que estamos ante la presencia de una violación expresa del artículo 22 de la Convención de Viena sobre Relaciones diplomáticas. Más allá de las motivaciones que llevaron al gobierno ecuatoriano a tomar esa decisión, se nota a distancia que el término clave en Diplomacia, la negociación, no se encuentra dentro del diccionario que manejan los gobiernos afectados. Es decir, no hubo un contacto directo entre los niveles decisorios de ambos países.
El operativo policial llevado a cabo responde a una orden de prisión preventiva por un caso de presunta corrupción por el que el Sr. Glas está actualmente procesado. Tras haber pasado cerca de cinco años en la cárcel por otras dos condenas vigentes por delitos de corrupción, y por supuestas razones de enfermedad, le fue otorgado el beneficio de cumplir prisión domiciliaria, dándose a la fuga para presentarse ante la Embajada de México en Quito, para solicitar asilo.
Todo parece indicar que desde hacía semanas la idea del Gobierno de Noboa era entrar a la Embajada de México para detener a Glas, y conforme con la práctica diplomática solicitaron permiso a la embajadora Raquel Serur, a finales de febrero, lo que sin titubeos fue negado rápidamente por el Ejecutivo mexicano. Cabe recordar que la embajadora Serur fue declarada persona non grata y expulsada de Ecuador, por las declaraciones del presidente López Obrador sobre las elecciones ecuatorianas de 2023, vinculando el asesinato del candidato Fernando Villavicencio con el triunfo del actual presidente de Ecuador Daniel Noboa. La Embajadora Serur es la tercera embajadora en ser expulsada por otros países, durante el sexenio de AMLO.
Pero ojo, las violaciones a las convenciones internacionales no se quedaron ahí. Inmediatamente después de que el Sr. Glas solicitó el asilo a México, el gobierno del presidente López Obrador actuó eficientemente, otorgándole el asilo correspondiente, aun cuando estaba en cuenta que no se trataba de un perseguido político sino de un delincuente ya procesado, con sentencia firme y con orden de captura emitida por las autoridades ecuatorianas competentes.
Es importante indicar que cuando existe la certeza de que una persona sospechosa de un crimen se ha refugiado en el domicilio de un agente diplomático, las autoridades del país tienen derecho a rodear el inmueble y a tomar, al exterior de éste, todas las medidas necesarias para que la persona sospechosa no pueda escaparse. Sin embargo, la Convención de Viena tiene un vacío al no aclarar los pasos que se podrían dar para darle captura al delincuente después de que la autoridad competente haya solicitado la entrega del presunto delincuente, y el responsable diplomático se niegue a la entrega del perseguido.
Otorgar asilo político a Jorge Glas, sobre quien pesa orden de aprehensión por peculado y sentencias condenatorias por los delitos de asociación ilícita y cohecho, nos podría estar diciendo que México usó su sede diplomática para que un criminal pudiera sustraerse de la acción de la justicia de un Estado soberano, violando así la Convención de Caracas de 1954, en sus artículos III y IV.
Dichos artículos establecen lo siguiente:
Artículo III «No es lícito conceder asilo a personas que al tiempo de solicitarlo se encuentren inculpadas o procesadas en forma ante tribunales ordinarios competentes y por delitos comunes, o estén condenadas por tales delitos y por dichos tribunales, sin haber cumplido las penas respectivas, ni a los desertores de fuerzas de tierra, mar y aire, salvo que los hechos que motivan la solicitud de asilo, cualquiera que sea el caso, revistan claramente carácter político.”
“Las personas comprendidas en el inciso anterior que de hecho penetren en un lugar adecuado para servir de asilo deberán ser invitadas a retirarse o, según el caso, entregadas al gobierno local, que no podrá juzgarlas por delitos políticos anteriores al momento de la entrega.”
Artículo IV “Corresponde al Estado asilante la calificación de la naturaleza del delito o de los motivos de la persecución.”
Tengo la impresión de que el conflicto diplomático entre Ecuador y México no comenzó el viernes 5 de abril, sino cuando Andrés López Obrador decidió dar cabida, en su país, a los 7 prófugos de la justicia ecuatoriana, todos acusados de delitos contra la cosa pública. La ruptura ocurrió luego de que el exvicepresidente ecuatoriano Jorge Glas, fuera detenido la noche del viernes 5 de abril, condenado a prisión por corrupción. El presidente de México, López Obrador, calificó el hecho como una violación del derecho internacional. Estos hechos ocurrieron mientras Ecuador ha gestionado en sus últimos años su ingreso a la Alianza del Pacífico como miembro pleno, que implica una apertura más amplia sólo al comercio.
Para que Ecuador pueda entrar a la Alianza del Pacífico debe contar con un TLC con México, entre otros requisitos. Según analistas políticos mexicanos, las relaciones de México con Ecuador están altamente influenciadas por las opiniones del expresidente Correa, con quien el presidente López Obrador mantendría una estrecha amistad. Es importante destacar que Correa no ha parado de causar problemas después de salir de la presidencia del país. Si por él fuera, la comunidad internacional debería romper relaciones en su afán de bloquear el relacionamiento externo de su propio país, mientras este no sea gobernado por él o por alguno de sus colaboradores. El expresidente Correa no ha dejado de estar activo en su consecución del objetivo de blanquear su prontuario. Como comentario final, debo señalar lo siguiente:
La medida llevada a cabo por el Gobierno ecuatoriano sienta un grave precedente para la región. No es una cuestión de derecha o izquierda, es un tema de violación del Derecho Internacional que puede traer consecuencias que agraven, aún más, la crisis por la que atraviesa el sistema internacional. Por lo que debe haber un llamado de atención, no solo a Ecuador sino a toda América Latina, porque existen, actualmente en la región, situaciones que pueden derivar en nuevas violaciones de la Convención de Viena en su artículo 22.
Así como Ecuador violó la Convención de Viena de 1961, México obvió la existencia de la Convención de Caracas de 1954, sobre Derecho de Asilo en sus artículos III y IV. Sobre esto también debe haber una condena.
Es cierto que el sistema internacional y sus instituciones se encuentran extremadamente débiles y con escasa credibilidad. De no ser así, ¿cómo podemos explicarnos que un miembro permanente del órgano principal de las Naciones Unidas haya invadido un país igualmente miembro de la ONU, siendo que la columna vertebral de este organismo es evitar que los países amplíen sus fronteras por la fuerza?
El mismo caso de la guerra que se libra en Medio Oriente, donde un grupo guerrillero se atrevió a agredir a un Estado legalmente constituido y reconocido como tal por la ONU, y ahora el mundo reclama porque se defendió. Pero detrás de esa agresión hay países miembros de la ONU que nutren de apoyo político y armamento al grupo terrorista.
En fin, es el mundo que tenemos. «Cosas veredes, amigo Sancho», frase atribuida a los personajes de El Quijote. Como queriendo indicar con esa frase, la perplejidad o sorpresa sobre las cosas que ocurren a nuestro alrededor.